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Quita el Tribunal Electoral de Oaxaca siete curules a Morena

Aunque los magistrados reconocieron que violan la ley, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) quitó siete disputados plurinominales a Morena, para el próximo Congreso local.

A través de la sentencia del juicio RIN/01/2018 y sus acumulados, este órgano local aseguró que, con la asignación de 8 diputaciones de representación proporcional al Movimiento de Regeneración Nacional, éste contaba con sobrerepresentación.

Además, argumentó que se debió considerar como un solo partido a la coalición “Juntos haremos historia”, que estaba conformado por los partidos Morena, Encuentro Social (PES) y del Trabajo (PT), para efectos del reparto de las diputaciones de representación proporcional.

“Pues de considerarse de modo contrario consentiría un dominio exacerbado de las fuerzas políticas mayoritarias, con lo que las minoritarias quedarían sin la posibilidad reales de integrar el órgano legislativo y tomar decisiones en razón de quienes los votaron”, expuso la sentencia apoyada por los magistrados Miguel Ángel Carballido Díaz y Victor Manuel Jiménez Viloria.

En consecuencia, este Tribunal ordenó revocar las constancias dadas a siete diputados electos, por la vía plurinominal, de Morena; y dio 72 horas al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) para reasignar estar diputaciones, de la siguiente forma: tres al partido Revolucionario Institucional (PRI), una a Acción Nacional (PAN), una al partido de la Revolución Democrática (PRD), una al Verde (PVEM) y una a Nueva Alianza (Panal).

Los priistas que recibirán constancia como diputados plurinominales, son: Jorge Toledo Luis, María del Carmen Ricárdez Vela y Alfredo Delgado Cervantes.

Por el PRD, Francisco Javier Niño Hernández; por el PAN, Fernando Huerta Cerecedo; por el PVEM, Félix Martínez Olivares; y por Nueva Alianza, Bersahin Asael López López.

Reconocen violación a ley

El magistrado Wilfrido López Vásquez votó en contra de esta sentencia, ya que, argumentó que viola los preceptos del artículo 264 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), la cual establece el procedimiento de asignación de las diputaciones plurinominales.

Expuso que esta norma señala que el reparto debe ser por partido, y no por coalición.

“De las falsas teorías, los tribunales emiten pésimas resoluciones, y estamos ante una de ellas”, dijo.

López recordó que hace un par de días, la sala regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó una sentencia similar emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México; bajo el argumento que las coaliciones no deben ser consideradas como un partido.

El Presidente del TEEO, el magistrado Miguel Ángel Carballido expresó su voto a favor de esta sentencia, aunque reconoció que va en contra de la ley electoral de Oaxaca.

“Nuestra legislación local estableció la manera de la distribución de las diputaciones plurinominales y estableció la manera en que deberían asignarse, y efectivamente habla que la asignación debe hacerse en relación a los partidos políticos y no considerando a las coaliciones”, expresó.

Sin embargo, Carballido argumentó su apoyo a esta resolución porque procura los principios expuestos en la Constitución, para que haya una verdadera representación de las minorías en el Poder Legislativo.

El magistrado Victor Manuel Jiménez, ponente en este juicio, definió la sentencia como un estudio cauto y exhaustivo que busca darle solución a la representatividad.

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